Por Marilys Zayas Shuman
La aprobación del Decreto 160/2026 marca un giro en la política económica cubana: se reducen 46 actividades prohibidas y se modifican 35 que pasan a autorizadas, ampliando el alcance de las formas de gestión no estatal en todas las ramas de la economía.
La norma flexibiliza regulaciones, promueve asociaciones entre actores estatales y privados, y abre espacios para la innovación y el empleo, sin renunciar al control estatal en sectores estratégicos como salud, educación y comunicación.
El Decreto 160/2026, aprobado por el Consejo de Ministros, constituye una transformación profunda en la regulación de los actores económicos no estatales en Cuba.
Sustituye al Decreto 107/2024, que imponía un listado homogéneo de actividades prohibidas, por una norma más amplia y diferenciada que reconoce la diversidad de formas de gestión y busca articularlas con el sistema empresarial estatal.
La nueva clasificación distingue entre actividades de prohibición absoluta, reservadas al Estado, no autorizadas a cuentapropistas y autorizables o condicionadas, lo que introduce criterios de escala, complejidad, seguridad y responsabilidad patrimonial.
Uno de los cambios más relevantes es la reducción significativa de las actividades no autorizadas: se eliminan 46 y se modifican 35 que pasan a autorizadas.
Esto favorece la participación activa de las formas de gestión no estatal en la economía del país y amplía su alcance en todas las ramas productivas y de servicios.
La norma permite que los organismos rectores emitan procedimientos y regulaciones específicas para cada actividad, lo que garantiza un marco técnico y jurídico más claro.
Esta flexibilización abre la posibilidad de asociaciones entre actores estatales y no estatales en sectores estratégicos, promoviendo soluciones locales ante las limitaciones productivas y de servicios.
El decreto también establece condiciones de similitud entre actores estatales y no estatales, lo que contribuye a un sistema empresarial más integrado.
Se reconoce el valor del capital humano formado por la Revolución, que ahora puede desempeñarse en diferentes modalidades de gestión con alto nivel de competencia.
La capacidad productiva existente en el país, gestionada de manera eficiente, se convierte en una fortaleza para aportar resultados significativos a la economía.
En este sentido, se espera un incremento de nuevos empleos, mayor dinamismo en actividades antes limitadas o paralizadas y un mejor aprovechamiento de las infraestructuras disponibles.
Al cierre de agosto, cerca de 16 mil mipymes y cooperativas no agropecuarias se incorporan al entramado empresarial y a las estrategias de desarrollo territorial, lo que evidencia el alcance de esta política.
En el ámbito de la salud pública, el decreto mantiene la atención médica institucional como responsabilidad exclusiva del Estado, pero flexibiliza servicios farmacéuticos para las formas de gestión no estatal.
Estos deberán cumplir requisitos estrictos de almacenamiento, personal capacitado y autorización sanitaria, convirtiéndose en alternativas complementarias a la red de farmacias existente.
Se autoriza además la modalidad de residencias de cuidados diurnos o permanentes, bajo control del Ministerio de Salud Pública, con un máximo de 60 capacidades y regulación de precios por el Ministerio de Finanzas y Precios.
La gestión no estatal se encargará de la logística de alimentación y cuidados, siempre con personal certificado por el área de salud.
En el comercio interior, se flexibiliza la realización del comercio mayorista, que ya no está condicionado a contratos con empresas estatales, aunque sigue prohibido para los trabajadores por cuenta propia.
Todos los actores deben inscribirse en el Registro Central Comercial, de manera digital, y cumplir requisitos técnicos para garantizar la oferta de bienes y servicios. Esto permitirá una mejor utilización de la red de infraestructuras de comercio y gastronomía existente en el país.
En el transporte, se autoriza la importación directa con carácter comercial para el ensamblaje y comercialización de vehículos eléctricos, siempre acompañados de estaciones de carga con fuentes renovables de energía, exoneradas de impuestos.
Se flexibilizan además actividades como la gestión de terminales de pasaje y carga, y la explotación de espigones portuarios que no sean de interés nacional. El Ministerio de Transporte será el encargado de establecer los procedimientos y normas para estas actividades.
En el ámbito del cuidado y la educación informal, se reconocen actividades como el cuidado infantil y las clases de idiomas o artes, aunque restringidas a trabajadores por cuenta propia sin contratación de empleados.
El Decreto 160/2026 marca un nuevo capítulo en la relación entre el Estado y los actores económicos no estatales. Reduce prohibiciones, amplía actividades autorizadas y promueve la articulación entre diferentes formas de gestión, lo que aporta dinamismo y nuevas oportunidades a la economía.

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