Por Lisandra Chaveco
Decidir si ser madre, cuándo serlo y en qué condiciones. Acceder a anticonceptivos. Recibir educación sexual. Interrumpir un embarazo. Vivir la sexualidad sin violencia ni discriminación. Lo que parece una decisión íntima también depende de las leyes.
América Latina ha vivido una transformación jurídica profunda en materia de derechos sexuales y reproductivos. Pero la conquista de un derecho no significa que todas puedan ejercerlo de la misma manera. Por eso te invitamos a mirar más de cerca cinco avances que ampliaron los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en América Latina en la última década.
1. Argentina: el aborto deja de ser clandestino
En 2020, la Ley 27.610 reconoció el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 y estableció obligaciones estatales de atención y cuidado postaborto. La norma incorporó explícitamente a “mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar”.
La llamada Marea Verde convirtió así la autonomía corporal en una cuestión de ciudadanía. Pero aún persisten retos: para una adolescente rural, una mujer pobre, indígena, migrante o con discapacidad, el derecho formal puede chocar con distancias geográficas, falta de información, barreras económicas o discriminación institucional.
2. Colombia: 24 semanas que cambiaron el mapa regional
En 2022, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-055, estableció que el aborto solo es punible después de la semana 24, manteniendo además las tres causales previamente reconocidas.
El cambio resulta especialmente significativo para quienes enfrentan mayores obstáculos para acceder a servicios de salud: adolescentes, mujeres rurales, víctimas de violencia sexual y personas con menores recursos. La propia Corte exhortó a eliminar obstáculos, fortalecer la planificación y desarrollar educación sexual y reproductiva.
Aquí el derecho a decidir deja de ser una cuestión exclusivamente penal: también exige información, servicios accesibles y condiciones materiales para ejercer la autonomía.
3. México: el derecho a decidir llega al máximo tribunal
En 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el sistema del Código Penal Federal que criminalizaba de manera absoluta el aborto voluntario, al considerar que vulneraba, entre otros, la autonomía reproductiva, la salud, la igualdad y la no discriminación.
La resolución reconoce como titulares del derecho no solo a las mujeres, sino también a las personas con capacidad de gestar.
Pero México recuerda que la igualdad jurídica puede avanzar a velocidades diferentes dentro de un mismo país. El carácter federal del Estado hace que la implementación territorial siga siendo desigual.
4. Ecuador: cuando el embarazo es consecuencia de una violación
En 2021, la Corte Constitucional ecuatoriana despenalizó el aborto en todos los casos de embarazo producto de una violación; en 2022, la Asamblea aprobó la ley que reguló su acceso.
La reforma tiene una dimensión particularmente sensible para niñas y adolescentes: obliga a mirar el embarazo forzado como consecuencia de violencia sexual y no como una simple cuestión reproductiva.
También interpela a las mujeres con discapacidad, históricamente expuestas a mayores riesgos de violencia sexual y a decisiones tomadas sin su participación. La propia legislación nació de un proceso que involucró organizaciones feministas, de derechos humanos y de defensa de niñas, niños y adolescentes.
5. Cuba: sexualidad, reproducción y familia entran en un mismo marco de derechos
En 2022, Cuba aprobó el Código de las Familias, que reconoce expresamente derechos sexuales y reproductivos en el ámbito familiar, el derecho de las parejas a decidir sobre la descendencia y la igualdad de mujeres y hombres en el trabajo doméstico y de cuidados.
Su importancia está precisamente en cómo amplía la mirada: los derechos reproductivos no comienzan ni terminan con el aborto. Incluyen decidir sobre la descendencia, recibir cuidados, vivir sin discriminación y construir un proyecto familiar propio.
La implementación reciente ha incorporado además acciones dirigidas a adolescentes y jóvenes: en 2024, UNFPA reportó la ampliación de servicios integrales de salud adolescente y el acceso a métodos anticonceptivos para 254.800 personas, predominantemente adolescentes.
Estos hitos cuentan una historia de avance, pero también revelan una paradoja: la igualdad ante la ley no garantiza por sí misma igualdad para ejercer los derechos.
Una adolescente no enfrenta las mismas barreras que una mujer adulta. Tampoco una mujer indígena que una urbana, una migrante que una ciudadana con residencia estable, una mujer con discapacidad que quien no encuentra obstáculos de accesibilidad.
Por eso, el verdadero horizonte de los derechos sexuales y reproductivos no es solamente despenalizar, legislar o reconocer: es hacer posible que cada mujer pueda decidir sobre su cuerpo con información, libertad, servicios seguros y sin discriminación.
Bibliografía:
CEPAL. Población, desarrollo y derechos en América Latina y el Caribe: segundo informe regional sobre la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo (2024).
CEPAL. Consenso de Montevideo: Acceso universal a los servicios de salud sexual y salud reproductiva.
UNFPA. Legal Commitments for Sexual and Reproductive Health and Reproductive Rights for All (2025).
Díez, J. y Ruibal, A. The Decriminalization of Abortion in Latin America: A Tale of Gradual Judicialization (2024).
Global progress in abortion law reform: a comparative legal analysis since the International Conference on Population and Development (1994–2023) (2025).
Corte Constitucional de Colombia, Sentencia C-055 de 2022.
Suprema Corte de Justicia de México, Amparo en Revisión 267/2023.
Asamblea Nacional del Ecuador, Ley Orgánica para Regular la Interrupción Voluntaria del Embarazo en caso de Violación (2022).
Cuba, Ley 156/2022, Código de las Familias.

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